DECRETO Nº 679-2008
Designa al Ministerio de la
Producción como Autoridad de Aplicación del Convenio Preliminar de Constitución
del Centro INTI La Pampa.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 2784 del 18-04-08.-
Dictado el 10-04-08.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 16893/06, caratulado:MINISTERIO D ELA PRODUCCIÓN - SUBSECRETARÍA
DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS - S/CONVENIO PRELIMINAR DE
CONSTITUCION DEL CENTRO INTI - LA PAMPA INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL" y,
CONSIDERANDO:
Que por "Convenio
Preliminar de Constitución del Centro INTI La Pampa", suscripto entre la
Provincia de La Pampa, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial y el
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, las autoridades signatarias se
comprometen a conformar un Centro de Investigación y Desarrollo INTI, para la
Provincia de La Pampa;
Que el referido Convenio,
suscripto el día 11 de junio de 2007, se encuentra aprobado por Ley Nº 2364;
Que la ampliación de las
actuales dimenciones de las áreas de investigación y desarrollo tecnológico y
asistencia técnica, a traves de la constitución de un Centro de Investigación y
Desarrollo, constituye una condición fundamental para acelerar el proceso de
desarrollo de la Provincia de La Pampa;
Que la Cláusula Tercera del
Convenio mencionado establece que, todos los acuerdos a que arribaren las
partes se formalizarán mediante Convenios específicos;
Que a los fines de permitir
la formalización de los Convenios específicos, que se constituirán como Anexos
Operativos, resulta necesario designar una Autoridad de Aplicación;
Que de acuerdo a la Cláusula
Decimosegunda se debe proceder a la designación de coordinadores encargados de
asegurar una adecuada complementación que permita la ejecución de los Convenios
específicos;
Que la Delegación de
Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de la Producción ha
tomado intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Desígnase
al Ministerio de
la Producción como
Autoridad de Aplicación
del “Convenio Preliminar
de Constitución del
Centro INTI La
Pampa”, suscripto en fecha 11 de
junio de 2007 y aprobado por Ley Nº 2364 y
delégase, en él
mismo la facultad prevista en el artículo 2º de la
citada Ley.-
Artículo 2º.- Facúltase al señor Ministro de la
Producción para la designación de coordinadores y/o representantes para actuar
en el marco del mencionado Convenio.
Artículo 3º.-
El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de la
Producción.
Artículo 4º.-
Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y
pase al Ministerio de la Producción a sus efectos.